Reglamento de jubilaciones y pensiones del personal docente y de investigación de la Universidad Central de Venezuela.

Artículo 1 Las jubilaciones y pensiones del personal docente y de investigaci6n de la Universidad Central de Venezuela se regirán por las disposiciones de la Ley de Universidades y del presente reglamenta

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Detalles Bibliográficos
Publicado: 1989
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10872/14010
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